Cerdas durmiendo la siesta. ¿Y a ti, que te sugiere esta imagen?. Foto de Arancha Mateos. |
Aunque a veces nos cueste creerlo, hemos madurado mucho como sociedad y vemos a los animales de otra manera. Para cada vez más gente no son simples instrumentos de negocio o de diversión; son mascotas que pueden llegar a convertirse en compañeros insustituibles en nuestras vidas. El problema viene cuando, al compartir con ellos techo y sofá, de manera automática asumimos que cualquier animal, particularmente si es mamífero, tiene exactamente las mismas necesidades, los mismos sentimientos y el mismo comportamiento que las personas. Algunas obviamente sí, otras no tanto, y en ocasiones no nos parecemos nada de nada.
Como hemos comprobado que, en general la gente anda un poco despistada con este nuevo concepto del bienestar animal, hemos invitado a una veterinaria experta en este asunto, Maite Villalba, para que nos aclare en qué consiste este y otros términos similares que en ocasiones se confunden.
Así, aunque no existe una definición única de cada uno de estos conceptos, nos va a intentar señalar las diferencias entre ellos.
Según la RAE, maltratar es un verbo con dos significados. El primero es tratar con crueldad, dureza y desconsideración a una persona o a un animal, o no darle los cuidados que necesita. El segundo es tratar algo de forma brusca, descuidada o desconsiderada.
Dado que maltratar a los animales es una conducta castigada tanto por Código penal como por las leyes de protección animal de las Comunidades Autónomas, se ha intentado concretar la definición de esta conducta, que puede traer consigo penas de cárcel, multas elevadas o la retirada de autorizaciones para desarrollar actividades con animales.
Las leyes de las Comunidades Autónomas acotan o matizan esa conducta que puede ser considerada maltrato. Así en Galicia se tiene en cuenta los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor, en Murcia se incluye el término “injustificados” y en Navarra se dice que es una conducta que además de causar intencionadamente dolor innecesario, sufrimiento, malestar o la muerte del animal es “socialmente inaceptable”.
En el Código Penal no se incluye una definición de “maltrato”, pero una reciente sentencia del Tribunal Supremo dice que el maltrato no sólo comprende los ataques violentos sino todos los comportamientos que, por acción u omisión, sean susceptibles de dañar la salud del animal. Y que “maltratar cruelmente” no requiere la habitualidad, pero añade una nota de dureza o perversidad, de gratuidad en la actuación que permite deducir cierta complacencia con el sufrimiento provocado.
Así, podíamos decir que si nuestra relación con los animales tuviera que basarse en tres mandamientos, el primero, el más básico, sería obviamente NO MALTRATARÁS, entendido como no hacer daño a propósito y gratuitamente a un animal.
En cuanto a lo que se entiende por protección animal, volviendo a la RAE, encontramos que proteger es “Resguardar a una persona, animal o cosa de un perjuicio o peligro, poniéndole algo encima, rodeándolo”. Podemos decir que todas las actuaciones relativas a la sanidad animal (vacunar a los animales, darles un tratamiento preventivo o curativo de una enfermedad, etc.) forman parte de la protección animal. La protección animal sería, en sentido amplio, todo lo que hacen las personas para evitarles daños a los animales, desde promulgar leyes que obligan a las personas a actuar de una determinada forma con su perro a vacunar un animal, pasando por educar a los niños para que respeten a los nidos de los pájaros, y un largo etc.
El segundo mandamiento para el propietario de animales constituiría, por tanto, un paso más: PROTEGERÁS AL ANIMAL FRENTE A CUALQUIER DAÑO.
Quizás los ejemplos más claros de protección animal será la adecuada atención de su salud o su integridad. Por ejemplo llevando la mascota al veterinario cuando sea necesario. Fuente: Shutterstock. |
A los animales de producción también se les vacuna frente a determinadas enfermedades que pueden causarles problemas de salud o directamente la muerte. Fuente: Shutterstock. |
Para entender qué es bienestar animal disponemos de un texto mundialmente aceptado, por los 182 países miembros de la Organización Mundial de Sanidad animal (OIE), el Código sanitario para los animales terrestres. En dicho Código se dice que bienestar animal es un término que designa el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere. Un animal experimenta un buen bienestar si está sano, cómodo, bien alimentado, en seguridad, y si no padece sensaciones desagradables como dolor, miedo o desasosiego y es capaz de expresar comportamientos importantes para su estado de bienestar físico y mental.
Un buen bienestar animal requiere prevenir enfermedades, cuidados veterinarios apropiados, refugio, manejo y nutrición, un entorno estimulante y seguro, una manipulación correcta y el sacrificio o matanza de manera humanitaria. Mientras que el concepto de bienestar animal se refiere al estado del animal, el tratamiento que recibe se designa con otros términos como "cuidado de los animales", "cría de animales" o "trato compasivo".
Las tres definiciones obviamente se solapan en los aspectos más básicos. Un animal poco o nada alimentado y encerrado en un lugar donde no se eliminan sus excrementos, no experimentará ningún tipo de bienestar, estará desprotegido frente a enfermedades y padecimientos de todo tipo, por lo que se dirá que sufre maltrato. También puede darse el caso de que el animal esté bien alimentado y sano pero tan aburrido que acabe con problemas serios de comportamiento.
Este último ejemplo nos puede servir para ver en qué consiste el tercer mandamiento: BUSCARÁS EL BIENESTAR FÍSICO Y MENTAL DEL ANIMAL. Aquí van dos ejemplos.